miércoles, 9 de noviembre de 2011

LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DISCAPACIDAD

“La condición de discapacidad, así como el riesgo de padecerla constituyen situaciones que en alguna medida menoscaban las capacidades y potencialidades de los individuos que las padecen y de las familias donde alguno de sus miembros sufre de esto, siendo mayor su efecto cuando más vulnerables sean respecto a sus facultades para prevenirlas, mitigarlas o superarlas, lo cual es mayor si se enfrentan con barreras sociales y culturales que impiden su adecuada integración y funcionalidad en la sociedad” . Ahora si viene cierto que el estado debe proteger a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentran en una circunstancia de debilidad manifiesta artículo 13 superior inciso tercero.

La importancia de ahondar en el tema de la niñez discapacitada es inconmensurable, debido a que desde la academia se puede conocer o por lo menos investigar el porqué de la vulneración de los derechos tan importantes como el de la libertad, la educación, trato digno e igual, el libre desarrollo de la personalidad e incluso la vida misma, entre otros que no pierden su calidad por la condición del sujeto.

Al trabajar en el tema de la niñez discapacitada nos damos cuenta que dentro de esos pequeños niños vive una grandeza espiritual incomparable; que el desconocimiento y el atropello a sus derechos es descarado y envidioso pues sólo se piensa excluyentemente en el adulto de hoy, de manera que indagar la situación, mirar algunas formas o maneras existente para que podamos mejorar esa situación no sin antes tener clara la condición de los derechos humanos tomando estos gran protagonismo debido a que se habla en ellos del “sujeto de derecho”.

Para tal efecto debemos referirnos a la constitución como norma de normas, la jurisprudencia, la doctrina y por supuesto a los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.

A nivel internacional, podemos ver que se encuentran protegidos y enmarcados en varias declaraciones universales de derechos tanto del niño, como de sus protecciones en ámbitos específicos; entre las cuales podemos encontrar:

Declaración de los derechos del niño: principio 5º, 7º
Convención sobre los derechos del niño: art 2º. N 2; art 19º n 1, 2; art 23º n 1, 2, 3, 4; art 24º; art 28º n 2º; art 29º
Declaración de los derechos del retrasado mental: n 1,2, 6
Declaración de los derechos de los impedidos: n 6 y 10

Estos derechos deben ser respetados por todo el mundo, siempre velando por su protección y su eficaz cumplimiento; los derechos han dejado de ser vistos como algo moral en donde solo está el interior de la persona basado en sus buenas intenciones sino que han hecho una transformación, que los ha llevado a que sean jurídicamente exigibles.